A pesar del hito que significó el Código de Trabajo, el Capítulo de Garantías Sociales en la Constitución Política y la más reciente Reforma Procesal Laboral, en Costa Rica persisten profundas violaciones a los derechos humanos de las personas trabajadoras. Miles de familias que dependen de su trabajo apenas sobreviven en condiciones de explotación, sin derechos ni garantías sociales y recibiendo salarios de hambre que no alcanzan para satisfacer sus necesidades básicas.
En el bicentenario persisten prácticas discriminatorias extendidas contra las mujeres trabajadoras y la persecución sistemática e impune contra quienes deciden ejercer su libertad de asociación para afiliarse a un sindicato en el sector privado. La opinión consultiva OC-27/21 de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de 2021, constituye un precedente importante sobre los derechos y libertades sindicales con perspectiva de género, incluyendo la obligación de garantizar el derecho de las mujeres, en igualdad de circunstancias, a no ser objeto de actos de discriminación, y a participar de forma real en todas las asociaciones que se ocupen de la vida pública y política, incluyendo los sindicatos.
La pandemia del COVID-19 agravó esta situación y profundizó las brechas de las condiciones de trabajo entre las entidades públicas y privadas, entre el sector ganador del modelo exportador de servicios y bienes de alta tecnología y las PYMES del mercado nacional.
Diversas investigaciones constatan el grave nivel de incumplimiento de derechos laborales fundamentales en el sector privado costarricense. En la agricultura algo más de la mitad de los asalariados aparecen con salarios por debajo del mínimo legal.
Según datos de la Universidad de Costa Rica (Ver, UCR, 2021: “Estos son los incumplimientos a los derechos laborales en la Costa Rica Bicentenaria”) el mayor incumplimiento de derechos laborales se produce en las zonas rurales y en tres actividades críticas: el empleo doméstico, la construcción y la agricultura, particularmente en lo que tiene que ver con el pago de horas extra y seguro de riesgo de trabajo. Además, los grupos más vulnerables al incumplimiento de derechos son los migrantes, jóvenes, mujeres, personas con discapacidad y trabajadores no calificados.
La investigación sobre “Afectaciones del COVID-19 en la vida de las mujeres en Costa Rica” realizada por el INAMU en 2021, evidencia que producto de la pandemia se han debilitado los derechos de las mujeres en los ámbitos de educación, economía, empleo, salud y seguridad, con particular efecto en las mujeres indígenas, afrodescendientes, adultas mayores, migrantes, refugiadas, trans, entre otras. Pese a la cantidad de medidas públicas creadas para atender las demandas de estas poblaciones durante la emergencia, es necesario incorporar enfoques interseccionales en su diseño e implementación para que sean exitosas.
Una política nacional que defienda los derechos laborales debe priorizar la protección de las condiciones básicas de quienes hoy sufren las mayores vejaciones, con una perspectiva transversal de género y de derechos humanos, para construir condiciones económicas y sociales más dignas y equitativas que permitan alcanzar condiciones de vida dignas para todas las personas trabajadoras y sus familias.
A pesar de la gravedad de estos hechos, la Inspección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), autoridad encargada de velar por el cumplimiento de los derechos laborales, está absolutamente debilitada y no tiene autoridad real. No solo por recortes presupuestarios, cierre de oficinas en las comunidades más necesitadas, sino también por un marco normativo desfasado. Esto debe cambiar. De acuerdo con diversos estudios, si tan solo se respetase el pago de los salarios mínimos, sin entrar siquiera a la forma en cómo se calculan, podríamos reducir de la pobreza del país aproximadamente en una tercera parte y como lo atestiguan estudios de investigadores recientemente premiados con el Nobel de Economía, no puede afirmarse que incrementar el salario mínimo aumenta el desempleo.
Desde el Frente Amplio proponemos las siguientes medidas divididas en seis ejes de trabajo:
1. Fortalecer la inspección laboral para garantizar el respeto de los derechos
- Diseñar y ejecutar una política nacional de empleo con enfoque de género y derechos humanos para la protección de los derechos laborales de las personas trabajadoras, con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social como ente rector, en coordinación con las instituciones descentralizadas y organizaciones no gubernamentales, laborales y empresariales.
- Impulsar la aprobación del proyecto de Ley para el Fortalecimiento de la Inspección General de Trabajo (expediente 21.706). La autoridad encargada de velar por la protección de los derechos laborales debe poder hacer cumplir la ley, por lo que urgente dotar a la Inspección de las potestades para dictar órdenes correctivas de forma directa y aplicar sanciones e imponer multas administrativas a quienes violenten derechos laborales, sin necesidad de acudir de previo a largos y engorrosos procesos judiciales.
- Ampliar la cobertura y la presencia en el territorio de la Inspección General de Trabajo, mediante la contratación de más personal de campo y el incremento sostenido de su presupuesto y coordinación con otras instituciones que realizan actividades de inspección para intercambiar información y hacer visitas más efectivas. Revertir la desastrosa decisión de los últimos gobiernos de cerrar oficinas regionales de la inspección laboral. Por el contrario, se fortalecerá su presencia en los cantones donde existen mayores índices de explotación laboral y la población trabajadora presenta mayores condiciones de vulnerabilidad.
- Implementar las inspecciones de trabajo con enfoque de género para detectar de manera efectiva situaciones de discriminación en el proceso de contratación, otorgamiento de incentivos y de oportunidades (capacitación, becas, permisos, participación en la toma de decisiones), diferencias salariales (brecha salarial), violencia laboral, hostigamiento sexual, restricción de derechos de trabajadoras en estado de embarazo, discriminaciones por razones de género, interseccionalidad y despidos ilegales.
- Impulsar desde el MTSS campañas de promoción, defensa, divulgación y exigibilidad de los derechos laborales en las comunidades donde existen mayores índices de violaciones laborales, en conjunto con otras instituciones estatales como la CCSS, INAMU, IMAS, INS, organizaciones no gubernamentales, laborales y empresariales, atendiendo de forma y general las necesidades con enfoque de género, derechos humanos e interseccionalidad.
2. Reforzar y mejorar el cumplimiento de los salarios mínimos
- Fomentar el cumplimiento en el pago efectivo de los salarios mínimos en todos los sectores laborales, priorizar este objetivo y diseñar una estrategia de seguimiento y fiscalización periódica, dirigida a reducir significativamente los niveles de incumplimiento en esta materia por parte del MTSS.
- Recalificar y actualizar las categorías salariales de quienes laboran en el campo, en oficios domésticos y en otros sectores que sufren altos niveles de explotación y discriminación y que reciben salarios mínimos artificialmente bajos, que no guardan relación con los riesgos y las exigencias reales de las labores que desempeñan.
- Restablecer la fijación semestral de salarios mínimos, con el fin de facilitar la actualización periódica de los ingresos de las personas trabajadoras, en relación con los aumentos constantes en el costo de la vida y respetar la negociación salarial tripartita en el seno del Consejo Nacional de Salarios para fijar aumentos salariales, en el marco de una política de salarios crecientes que cubra, al menos, el aumento en la inflación.
- Avanzar la iniciativa para crear una Ley del Salario Mínimo Vital, que modifique la fórmula de fijación de salarios mínimos, para garantizar que los ingresos que reciban las personas trabajadoras les permitan satisfacer sus necesidades básicas y las de sus familias. Ninguna persona que trabaje jornada completa debe recibir ingresos por debajo de este mínimo vital y así, el artículo 57 de nuestra Constitución dejará de ser letra muerta.
- Promover la consolidación de la Defensa Pública Laboral creada mediante la reforma procesal laboral, para dar asistencia legal gratuita a personas trabajadoras de bajos ingresos con financiamiento permanente, mediante la creación de un timbre solidario sobre cobros judiciales y los procesos comerciales (expediente 21.090), así como habilitar una línea telefónica y virtual de apoyo psicológico y jurídico ante violaciones en derechos laborales.
- Promover la negociación colectiva por rama de actividad y por cadena de valor, no solo para homogenizar y estandarizar las condiciones mínimas de trabajo, sino también para evitar la fragmentación de las condiciones de trabajo en los sectores más vulnerabilizados.
3. Prevenir y sancionar la discriminación y la violencia en el empleo
- Impulsar una reforma legislativa y administrativa para establecer el marco legal y el procedimiento adecuado y efectivo para denunciar, investigar y sancionar a quienes paguen inferior salario a las mujeres en idénticas condiciones de idoneidad y eficiencia (expediente 21.170).
- Presentar una reforma legislativa que recogerá las iniciativas más exitosas del derecho comparado sobre acciones afirmativas para combatir prácticas discriminatorias contra las mujeres en procesos de contratación y movilidad laboral.
- Avanzar en la firma y ratificación del Convenio contra la Violencia y el Acoso en el Mundo del Trabajo de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y continuar respaldando las iniciativas que buscan crear legislación especial para prevenir y sancionar el acoso y hostigamiento laboral en los centros de trabajo del sector público y del sector privado.
- Velar por la correcta aplicación del procedimiento especial para hacer respetar los fueros de protección, garantizar la aplicación de medidas cautelares inmediatas y otorgar garantías de debido proceso, reinstalación y protección integral a las personas afectadas, e incluir en la legislación la prohibición explícita de discriminación laboral por orientación sexual e identidad de género.
- Desarrollar la cobertura de la red nacional de cuido y apoyo mediante el co- financiamiento de servicios formales de cuidado; ampliar la licencia por maternidad a seis meses y universalizar las licencias por paternidad con financiamiento solidario, sin afectar a pequeñas empresas. Además, promover la corresponsabilidad de los padres en el cuido de los hijos e hijas. También, se fomentará la aprobación de la iniciativa que pretende convertir el Día del Padre en feriado obligatorio (expediente 21.402).
- Desarrollar e implementar un plan piloto para reconocer el valor del trabajo no remunerado de mujeres en situación de pobreza extrema cuidadoras de personas dependientes, que no cuenten con posibilidades para vincularse a un empleo formal, mediante una transferencia monetaria y como estrategia dinamizadora de economías locales en el marco de la Política Nacional de los Cuidados 2021-2031. Como se verá en el capítulo correspondiente, esta propuesta forma parte fundamental de la política social y específicamente de las estrategias para reducir la pobreza.
- Fomentar la participación efectiva de representantes de los trabajadores y trabajadoras en el diseño de la política y legislación de empleo, así como promover la participación de las personas trabajadoras en la exigibilidad de los derechos y libertades sindicales y velar por el cumplimiento de la normativa de paridad en las organizaciones patronales y sindicales.
4. Dignificar el trabajo agrícola para promover el desarrollo de las zonas rurales
- Impulsar un proyecto de reforma al Código de Trabajo para garantizar el reconocimiento del pago del día semanal de descanso a todas las personas trabajadoras, que actualmente no se le reconoce a quienes se dedican al trabajo agrícola.
- Promover la aprobación de un proyecto de ley para garantizar el cumplimiento de los derechos laborales en los procesos de desalojo de predios rurales para atender
- la injusticia que actualmente viven muchas familias trabajadoras del campo, que son desalojadas de las fincas donde habitan, a pesar de que su empleador les quedó debiendo salarios y prestaciones.
- Actualizar y mejorar los estándares nacionales para el uso de agroquímicos, los mecanismos de control y sanción por uso de sustancias altamente peligrosas que ya han sido prohibidas en otras jurisdicciones y continuar la lucha por hacer justicia a las
- personas trabajadoras afectadas por el agrotóxico Nemagón y sus familias mediante una reforma sencilla que reconozca el pago de indemnizaciones por responsabilidad objetiva del Estado, al haber incumplido sus obligaciones de protección y vigilancia en defensa de los derechos humanos de las trabajadoras y los trabajadores expuestos a este veneno.
- Combatir las prácticas discriminatorias que se están generalizando en algunas plantaciones agrícolas y otros centros de trabajo contra personas trabajadoras que han sufrido accidentes de trabajo. Denunciar y sancionar la confección de listas discriminatorias para negarles un nuevo empleo y otras prácticas similares que están condenando al desempleo y a la pobreza a miles de personas en edad de trabajar.
- Promover la aprobación de la reforma constitucional para eliminar la injusta y anacrónica prohibición que impide a las personas trabajadoras migrantes que laboran en el país participar en órganos directivos de sindicatos, para defender sus derechos laborales (expediente 22.246) y presentar una solicitud de opinión consultiva a la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre este tema.
- Firmar y someter a aprobación legislativa, de forma inmediata, la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares (Naciones Unidas), así como los convenios de la Organización internacional del Trabajo (OIT) sobre la materia, que, de forma inexplicable, el Estado costarricense no ha suscrito ni ratificado todavía.
5. Proteger los derechos en el teletrabajo y las nuevas tecnologías
- Promover reformas a la legislación laboral para regular adecuadamente la actividad del teletrabajo como una modalidad voluntaria y reversible para ambas partes, sin debilitar ni desproteger los derechos y garantías de las personas trabajadoras, incluyendo los derechos a la desconexión digital fuera del horario de trabajo, a la intimidad y protección de datos y mecanismos compensatorios de los gastos incurridos por quienes trabajan en esta modalidad (gastos por equipos, conectividad, herramientas y medios vinculados al desarrollo de la actividad labor) que deberán constar en un acuerdo de teletrabajo previo entre las partes.
- Incorporar en la legislación laboral el derecho de las personas que acrediten tener a su cargo el cuidado de menores de edad, personas con discapacidad o adultos mayores con quienes convivan, a horarios compatibles con las tareas de cuidado y reorganización de los tiempos de trabajo, ocio y cuidados, permisos, facilidades de acceso a centros de cuidados, así como facilidades de conectividad para el desarrollo de sus labores, atendiendo las diferencias entre pymes, medianas y grandes empresas.
- Impulsar ante los órganos judiciales el reconocimiento de la relación laboral subyacente entre las plataformas digitales de mensajería y transporte y quienes brindan su trabajo sin recibir reconocimiento laboral ni cobertura por riesgos del trabajo por sus servicios, para poder incorporar a esa población a la seguridad social y brindarles la opción de un trabajo decente según la definición de la OIT.
6. Avanzar en la defensa de los derechos laborales
- Promover la aprobación de los proyectos de ley para frenar los abusos cometidos mediante la tercerización del trabajo (subcontrataciones) y otras formas de fraude en perjuicio de las personas trabajadoras, incluyendo la extensión de la responsabilidad en las cadenas de valor públicas, privadas y mixtas. Cerrar los portillos legales, como el velo societario cuando se utilizan para encubrir relaciones laborales a través de la simulación de contratos mercantiles, de despidos y re-contrataciones, para no reconocer derechos derivados de la antigüedad y evadir otras responsabilidades laborales (expediente 21.026).
- Promover el avance y aprobación del proyecto de ley para sancionar como delitos ciertas infracciones muy graves a los derechos humanos de las personas trabajadoras, como la explotación laboral de personas migrantes y en condición vulnerable y el incumplimiento deliberado de normas básicas de salud ocupacional, exponiéndoles a graves riesgos para su vida y salud.
- Apoyar el proyecto de ley para eliminar el injusto tope del auxilio de cesantía establecido en el artículo 29 del Código de Trabajo, en casos de despidos sin justa causa o con responsabilidad patronal (expediente 20.823). Si la cesantía es una indemnización del daño causado por un despido injustificado, es inaceptable que dicha indemnización no sea proporcional al total de años efectivamente laborados por las personas trabajadoras.
- Promover la discusión para avanzar hacia la definición de jornadas de 40 horas semanales para todas las personas trabajadoras.
- Defender los derechos laborales frente a las amenazas de regresar a jornadas de hasta 12 horas sin reconocimiento por el tiempo extraordinario laborado. La flexibilización de las jornadas de trabajo no puede implicar una precarización de las condiciones laborales y de vida de las personas trabajadoras, al contrario, debe servir para conciliar las labores de cuido, el tiempo de descanso y mejorar la productividad por hora trabajada con ayuda de los avances tecnológicos sin debilitar ni eliminar derechos laborales.
- Rescatar y remozar los mecanismos tripartitos para garantizar la protección efectiva de los derechos de las personas trabajadoras en acciones públicas y sus servicios, reactivando el Consejo Superior de Trabajo y el Consejo Nacional de Salud Ocupacional.
- Promover políticas institucionales de salud laboral para prevenir, desalentar y sancionar el acoso laboral en las instituciones públicas y privadas, además de establecer el acoso laboral como un riesgo del trabajo.
- Impulsar una política de protección del derecho de organización y ejercicio de la negociación colectiva de las personas trabajadoras en el sector privado, así como de educación en derechos laborales individuales y colectivos a la población.